
Es así que frente a los «cantos de sirena que proclamaron la formación del COLEGIO DE ABOGADOS DEL PERÚ», debemos decir, que tal acción nominal es nula y todo lo que procede de él también, pues según nuestro ordenamiento jurídico, cada Distrito Judicial del País posee su respectivo Colegio de Abogados, dirigido por su Decano y su Junta Directiva, y que el Decreto ley Nº 25892 que «creó» la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, sólo le asignó la calidad de «Junta de Decanos» con tres funciones específicas:
1) De coordinación y solución de conflictos que pudieran presentarse entre los Colegios.
2) De protección del libre ejercicio de la abogacía.
3) De fomento de estudios de especialización académica.
Por tal razón, la «Junta de Decanos de los Colegios del Perú», no tiene facultades legales para crear o convertirse en «Colegio de Abogados del Perú», porque su naturaleza jurídica no le alcanza para «transformarse» en otro ente institucional, pues si así fuera, su estructura jurídica se desnaturalizaría, pervirtiéndose en sus funciones primigenias. Razón por la cual el acto administrativo que dio origen a este «Colegio de índole nacional» es totalmente nulo ipso jure y por consiguiente no genera, ni puede generar efectos jurídicos válidos, siendo esto un atentado contra el ordenamiento legal en todo el país.
Finalmente, concluyo afirmando que sólo hay dos caminos jurídicos para crear el «Colegio de Abogados del Perú», el primero, mediante una Ley de creación; y el segundo, que cada uno de los Colegios de Abogados que existen, acuerden en Asamblea General, la creación de este «nuevo» Colegio de ámbito nacional, con la finalidad de otorgarle al «nuevo» Decano las facultades correspondientes, a efecto de que en Junta de Decanos de los Colegios de Abogados, se proponga y se acuerde su creación.
Si no fuera así, estos actos «ilegales» constituirían una afrenta directa al Estado de Derecho y al Ordenamiento Jurídico, además, serían la demostración de la inmadurez e irresponsabilidad jurídica de quienes intentan constituirse en los «padres de la nueva criatura institucional».